Justicia limita prohibición de huelga en Enel Green Power a una sola área operativa
La Corte Suprema y la Corte de Apelaciones se pronunciaron sobre un recurso presentado por el Sindicato de Trabajadores de Enel Green Power Chile, limitando la prohibición del derecho a huelga solo a quienes laboran en la línea de transmisión asociada a la Central Hidroeléctrica Pilmaiquén y las instalaciones de sus transformadores Pilmaiquén 66-13,8 kv. Esta resolución implica que el resto de los trabajadores de la empresa no estarán sujetos a esta restricción.
El fallo se basa en una interpretación del artículo 362 del Código del Trabajo, que prohíbe las huelgas en empresas consideradas estratégicas para el país. Sin embargo, tanto la Corte de Apelaciones como la Suprema sostienen que esta limitación debe aplicarse de forma restrictiva y proporcional, afectando exclusivamente a las áreas cuya paralización podría causar daños graves a servicios esenciales como la salud, economía o seguridad nacional.
Este enfoque ha generado críticas entre especialistas laborales. Algunos abogados advierten que dividir la prohibición dentro de una misma empresa puede generar tensiones internas y complicaciones en las negociaciones colectivas, al coexistir trabajadores con derechos diferentes dentro de una misma organización. Además, se cuestiona si esta interpretación podría sentar un precedente para otras empresas con actividades conexas al servicio esencial.
Por su parte, Enel Green Power expresó su respeto por el fallo pero lamentó que la calificación haya sido parcial, argumentando que no considera la interdependencia del sistema eléctrico. La compañía enfatizó su preocupación por mantener la estabilidad operativa del sector energético, especialmente ante recientes eventos que han afectado su funcionamiento.