Nueva normativa de seguridad en pagos electrónicos genera debate en el mercado financiero chileno
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) anunció la publicación de una regulación que busca fortalecer la seguridad en los procesos de pago y transacciones electrónicas en Chile. La normativa establece requisitos mínimos en aspectos como autenticación, registro y protección contra fraudes, en línea con lo dispuesto en la Ley N° 20.009.
El objetivo principal es homogeneizar los protocolos utilizados por emisores de tarjetas y otros actores del sistema financiero, promoviendo mayor seguridad y confianza en las operaciones digitales. Entre sus principales medidas destaca la obligatoriedad del uso de Autenticación Reforzada de Clientes (ARC) en transferencias y en la incorporación de usuarios a plataformas digitales, con una entrada en vigor prevista para agosto de 2025. Sin embargo, las obligaciones relacionadas con la ARC comenzarán a aplicarse desde julio de 2026.
Expertos del sector han valorado positivamente el avance, aunque también han señalado posibles dificultades. La abogada Fernanda González resaltó que la norma representa un paso importante hacia una protección más uniforme, pero advirtió sobre los desafíos que puede implicar para ciertos grupos vulnerables, como adultos mayores o personas con menor familiaridad tecnológica. Además, mencionó que la participación de terceros, como las compañías telefónicas, en procesos de autenticación requiere una regulación más integral para evitar vulnerabilidades adicionales.
Por su parte, Álvaro Moraga, socio de Moraga CIA, expresó preocupación por la presunción de dolo o culpa grave en casos donde se utilice ARC en operaciones no obligatorias. Según su visión, esto podría desincentivar la innovación y dificultar la adopción de tecnologías avanzadas por parte de emisores más pequeños o startups. También recomendó que la autoridad considere mecanismos de flexibilización temporal para actores con menor capacidad operativa, garantizando así una implementación más equitativa y efectiva.